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SERVICIOS

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DEFENSA ADMINISTRATIVA

Si durante una Investigación Sumaria Administrativa usted tiene la calidad de inculpado, y al término de la ISA en el Dictamen el Fiscal en Comisión determina que usted tiene algún grado de responsabilidad administrativa en los hechos investigados, y propone una sanción disciplinaria, como amonestación, reprensión, días de arresto o la baja de la institución, brindamos asesoría en la preparación y presentación de los descargos al Dictamen Fiscal, y posterior recurso de reconsideración, de reclamación y de apelación.

Si existe causa en una Fiscalía Militar, Naval o de aviación usted NO ESTA OBLIGADO a declarar en una ISA, y tiene el derecho a guardar silencio, y su mando no lo puede obligar a que entregue informe sobre los hechos ocurridos: Si se encuentra en está situación tome contacto a la brevedad con nosotros.

NOTA: Recuerde que al firmar el acta de notificación debe colocar de su puño la fecha y hora en que la recibe, que se declara NO CONFORME con la Resolución, y que hará uso del recurso respectivo, y SIEMPRE le deben dar copia del acta de notificación, de la resolución que se notifica, y copia de la ISA para realizar los recursos, o poner la misma a su disposición.

DEFENSA SANCIÓN DISCIPLINARIA

Si fue sancionado disciplinariamente, brindamos asesoría en la preparación y presentación de los recursos de reconsideración, de reclamación y de apelación.

Recuerde que los plazos para todo funcionario son fatales, y se tendrám por NO presentados los recursos que lo hagan fuera de plazo. 

 

Ofrecemos asesoría legal por abogados que pertenecieron a las FFAA, conocedores de la materia y con gran experiencia en los procedimientos de derecho administrativo sancionatorio.

NOTA: Recuerde que al firmar la notificación debe colocar de su puño la fecha y hora, que se declara NO CONFORME con la Resolución, y que hará uso del recurso respectivo.

PROCESOS CALIFICATORIOS

Si no está de acuerdo con los resultados de la Junta Calificadora o Junta de Selección, preparamos los escritos con sus descargos, reclamación o apelación.

NOTA: Si al notificar el cierre del periodo de calificaciones no se encuentra estampada una anotación de mérito (Felicitación) es su obligación dejarlo establecido, y reclamar de ello dentro de los plazos, para que sea considerado por la Junta Calificadora, si usted NO reclama y se declara conforme, no podrá hacerlo presente si fue incluido en LAR o Complemento.  Lo mismo ocurre (Ejército) si fue notificado de la EVINT y usted no está conforme con el contenido de ella, si NO reclama, estos conceptos quedan a firme y posteriormente no puede reclamar de ellos, pues se declaró conforme.

PROCESOS ANTE COMISIÓN DE SANIDAD / MÉDICA

En procesos ante la Comisión de Sanidad institucional, o la Comisión Médica presentamos Recurso de Revisión, y solicitud de invalidez cuando corresponda.

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FORMULARIO DE CONTACTO

Escribanos y un abogado especialista en copropiedad inmobiliaria se comunicará con usted.

¡Bien! Mensaje recibido

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